Es necesario entregar la siguiente documentación:
DEFINICIÓN DEL CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA
1285 Con el Bautismo y la Eucaristía, el sacramento de la Confirmación constituye el conjunto de los «sacramentos de la iniciación cristiana», cuya unidad debe ser salvaguardada. Es preciso, pues, explicar a los fieles que la recepción de este sacramento es necesaria para la plenitud de la gracia bautismal (cf Ritual de la Confirmación, Prenotandos 1). En efecto, a los bautizados «el sacramento de la Confirmación los une más íntimamente a la Iglesia y los enriquece con una fortaleza especial del Espíritu Santo. De esta forma quedan obligados aún más, como auténticos testigos de Cristo, a extender y defender la fe con sus palabras y sus obras» (LG 11; cf Ritual de la Confirmación, Prenotandos 2)
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE EL SACRAMENTO
El padrino
Según costumbre, a cada uno de los confirmandos le asiste un padrino, que lo lleva a recibir el sacramento, lo presenta al ministro de la confirmación para la unción sagrada y lo ayuda después a cumplir fielmente las promesas del bautismo, según el Espíritu Santo que ha recibido.
Teniendo en cuenta las circunstancias pastorales de hoy día, es conveniente que el padrino del bautismo, si está presente, sea también el padrino de la confirmación. Así se manifiesta más claramente la unión entre el bautismo y la confirmación, y se hace más eficaz el ministerio y la misión de padrino. Sin embargo, de ningún modo se excluye la facultad de elegir un padrino propio de la confirmación. También los mismos padres pueden presentar a sus hijos. Al Ordinario del lugar le compete, teniendo en cuenta las circunstancias locales, establecer el modo de proceder que se ha de observar en su diócesis.
Dotes del padrino:
Los pastores de almas procurarán que el padrino, elegido por el confirmando o por su familia, sea espiritualmente idóneo para el oficio que recibe, y esté revestido de estas dotes:
- Tenga madurez suficiente para cumplir esta función.
- Pertenezca a la Iglesia católica y esté iniciado en los tres sacramentos: bautismo, confirmación y Eucaristía.
- No esté impedido por el derecho a ejercer la función de padrino.
La edad de la confirmación:
Por lo que se refiere a los niños, en la Iglesia latina la confirmación suele diferirse hasta alrededor de los siete años. No obstante, si existen razones pastorales, especialmente si se quiere inculcar con más fuerza en los fieles su plena adhesión a Cristo, el Señor, y la necesidad de dar testimonio de él, las Conferencias Episcopales pueden determinar una edad más idónea, de tal modo que el sacramento se confiera cuando los niños son ya algo mayores y han recibido una conveniente formación.
Preparación del sacramento:
Para recibir la confirmación se requiere estar bautizado. Además, si el fiel tiene ya uso de razón, se requiere que esté en estado de gracia, convenientemente instruido y dispuesto a renovar las promesas bautismales. Corresponde a las Conferencias Episcopales determinar con más precisión con qué ayudas pastorales los candidatos, principalmente los niños, han de ser preparados para la confirmación.
En lo que se refiere a los adultos, manténganse los principios, oportunamente adaptados, que están vigentes en cada una de las diócesis para admitir a los catecúmenos al bautismo y a la Eucaristía. Cuídese principalmente que a la confirmación preceda una catequesis adecuada y que se facilite a los candidatos una convivencia eficaz y suficiente con la comunidad cristiana y con cada uno de los fieles, para que reciban la ayuda necesaria, de tal modo que los candidatos puedan adquirir la formación adecuada para dar testimonio de vida cristiana y ejercer el apostolado; así su deseo de participar en la Eucaristía podrá ser sincero.
Celebración del sacramento
El signo sacramental. Doble significado del rito.
El sacramento de la confirmación se confiere por la unción del crisma en la frente, que se hace con la imposición de la mano, y por las palabras: «N., recibe por esta señal el Don del Espíritu Santo». La imposición de las manos, que se hace sobre los confirmandos con la oración: «Dios todopoderoso…», aunque no pertenece a la validez del sacramento, tiene, sin embargo, gran importancia para la integridad del rito y para una más plena comprensión del sacramento.
Todo el rito tiene doble significado.
Por la imposición de las manos sobre los confirmandos, hecha por el Obispo y por los sacerdotes concelebrantes, se actualiza el gesto bíblico, con el que se invoca el don del Espíritu Santo de un modo muy acomodado a la comprensión del pueblo cristiano. En la unción del crisma y en las palabras que la acompañan se significa claramente el efecto del don del Espíritu Santo. El bautizado, signado por la mano del Obispo con el aceite aromático, recibe el carácter indeleble, señal del Señor, al mismo tiempo que el don del Espíritu, que le configura más perfectamente con Cristo y le confiere la gracia de derramar «el buen olor» entre los hombres. El sagrado crisma es consagrado por el Obispo en la misa que ordinariamente se celebra el Jueves Santo con esta finalidad.