Grupo de ayuda al culto

Ministerios de hecho: Se llaman a los ministerios que ejercen laicos y laicas de manera estable o simplemente ocasional.

Los miembros de este grupo forman parte de los ministerios litúrgicos de  hecho y dependen del grupo de Liturgia. Sus funciones son de servicio de la asamblea y asegurar que la parroquia cuente con todo lo necesario para una celebración digna: (SC 29; OGMR 68).

  • Un templo bien dispuesto, limpio, ordenado, con las debidas condiciones de luz y audición, con una distribución adecuada de los bancos.
  • Un presbiterio adecuado, altar, ambón, sede; la  ornamentación y buen estado  de  los vestidos litúrgicos y de los vasos sagrados.
  • Ornamentos renovados convenientemente, dignos, limpios.
  • Libros para el presidente, lectores, coro,  para la sede, etc.

Son además los encargados de la acogida y del orden en la celebración así como del orden y la preparación de  fiestas y celebraciones especiales.

Este ministerio debe  existir en toda asamblea litúrgica de forma estable y no puramente ocasional. Las  personas encargadas de los distintos servicios deben ser constantes. La estabilidad supone preparación y el y garantía de un mejor resultado.